Materias conciliables: Centro de Conciliación Despliega Perú
¿Qué materias son conciliables?
No todos los conflictos pueden resolverse por conciliación extrajudicial: la ley establece que solo son conciliables las controversias sobre derechos disponibles, es decir, aquellos sobre los que las partes pueden decidir libremente.
Materias civiles y familiares frecuentes
- Alimentos (pensión alimenticia).
- Obligación de dar suma de dinero (cobro de deudas).
- Desalojo y arrendamiento.
- División y partición de bienes.
- Otorgamiento de escritura.
- Régimen de visitas y tenencia, cuando la ley lo permite.
- Rectificación de áreas y linderos.
- Indemnización por daños y perjuicios.
Materias no conciliables
Los procesos penales, los temas de filiación, nulidad de matrimonio y otros derechos indisponibles no pueden someterse a conciliación extrajudicial, ya que exceden la libre disposición de las partes.
¿Cómo saber si tu caso es conciliable?
En el Centro de Conciliación Despliega Perú evaluamos tu situación sin costo inicial y te orientamos sobre la vía más adecuada para resolver tu conflicto, ya sea presencialmente en Calle Lima 450, oficina 306, Piura, o de forma virtual.
Escríbenos a centroconciliacion.despliega@gmail.com o llama al (073) 620681 / +51 968 893 437 y cuéntanos tu caso; con gusto te orientaremos sobre los siguientes pasos.










